ETICA EN EL EJERCICIO PROFESIONAL
Apenas comenzada esta nueva gestión de a Comisión directiva del Colegio de Escribanos, que lleva ya dos períodos, fuimos convocadas para integrar la Comisión de Ética del Colegio de Escribanos de la Provincia de Corrientes y preparar lo que podría ser un Esbozo de Código de Ética como así lo ENTENDIMOS Y titulamos las escribanas Mariana Antonelli de Brunel, Marta Quiñones y quien les habla. En esta Comisión con la posterior colaboración de la Escribana Alma Rodriguez Diaz de Silveira trabajó teniendo como ejemplos los Códigos de todas las provincias donde se han dictado, los del Mercosur y La unión Europea del Notariado Latino.
Al abocarnos a cumplir con nuestro cometido vimos la necesidad de reflexionar acerca de la ética en conjunto y a partir de ello, continuar la lectura de muchos autores que se han ocupado del tema a lo largo de la historia de la humanidad y modernamente en el país y en el extranjero.
Para ello nos pareció importante partir de una sencilla definición de Ética expresada por Immanuel Kant en “Crítica de la razón pura ” .... la ética es el plano en base al cual el arquitecto construye el edificio .. es decir la herramienta o la estructura que nos ayuda a reflexionar ...... por ejemplo acerca de la relación social, cultural, afectiva que construimos y que en conjunto conforman nuestro vivir y que es a la vez lo que nos permite desarrollar nuestras ambiciones y nuestros ideales o esperanzas de vida.
Por eso es que los invitamos a pensar ¿qué queremos hacer de nos – otros todos y cada uno, de nuestra profesión de nuestro Colegio? Porque puede parecer que no es importante y por eso es que tratamos de decirles que es necesario analizar ar, en lo que somos como personas y como pro – fesionales ( los que abrazan un camino) .
La consideración de, que es nuestra profesión,cuales son sus objetivos, sus metas , que implicancia tiene la profesión sobre el sobre el ser humano que la ejerce. Sobre ¿Qué es ser notario? Hay muchas definiciones pero nos quedamos con la elaborada por el escribano Oscar M. Torguet para las XII jornadas Notariales de Entre Ríos de marzo de 1995. “El notario es el profesional de las ciencias del derecho, especializado en Derecho Notarial, que investido de la Fe Pública, debe hacer y tratar que los actos que pasan ante sí, carezcan de todo tipo de instancias de apelación común” El propósito de aplicar el término ético a la profesión del notario, para que nosotros podamos entender hasta donde llegan nuestras responsabilidades civiles y penales antes, durante y después de nuestro ejercicio profesional. La ética debe nacer de un sentir del individuo que ejerce la profesión del notario y bajo ningún punto de vista debemos caer o callar las manifestaciones de nuestro obrar humano y profesional porque es de entender que la esencia de nuestra profesión, quizás hoy más que nunca debe ser la de FEDATARIOS se NOS IMPONE UNA CONDUCTA ÉTICA INQUEBRANTABLE. La FÉ PUBLICA es el Poder Jurídico que se nos otorga con la investidura, es nuestra esencia y va junto a la ética y a todos los principios del NOTARIADO LATINO.
Es dable recordar que “ los antecedentes de la institución notarial tienen ya más de cuatro mil años, por eso se puede afirmar que desde épocas remotas se ha caracterizado al notario como una persona de conducta moral irreprochable . Es necesario tener en cuenta que en Egipto, en una organización estatal en la que la administración se apoyaba en textos escritos, el Escriba era un funcionario indispensable que se encargaba de redactar correctamente los contratos que el magistrado autenticaba con la imposición de su sello.
Es decir carecía de poder fideifaciente pero era asociado a la confianza popular y al Poder ya que estaba junto al Faraon en su quehacer, y era necesario que a los requisitos de saber leer y escribir para ocupar ese lugar junto a la máxima autoridad, debía tener ciertas cualidades personales que le impidieran - p.e.- apropiarse de algo que no fuera suyo.” Para el pueblo hebreo o griego seguían siendo oficiales públicos encargados de redactar los documentos de los ciudadanos y es en el siglo VI con Jusatiniano en el Imperio Romano, que se logró la conformación del CORPUS JURIS CIVILIS, donde se encuentran los antecedentes históricos mas precisos de la función notarial
Podríamos seguirles contando como ese escriba de la antigüedad hasta el notario de nuestros días es la figura que recorrió caminos íntimamente ligados al desarrollo de la escritura y al devenir de los pueblos. Si bien como nos recuerda Rafael Nuñez Lagos, “ el documento hizo al notario, aunque hoy el notario haga el documento” la tríada integrada por la palabra, la escritura y el escribano siempre fue indisoluble. Los escribanos custodios de la fe pública, dentro de la comunicad a la que pertenecen y la escritura, plasmación gráfica de un hecho trascendental, son parte de la historia de las sociedades perpetuando la memoria de los hechos y de los hombres. Pero de esa manera extenderíamos demasiado esta charla que sólo pretende como dijimos antes que reflexionemos juntos.
Y asimismo decirles que en base a lo plasmado en un sin número de ponencias, Jornadas de Ética y publicaciones, sobre el tema, predominó la línea argumental que propone la codificación de normas de ética.
Consideramos que tal aspiración, es plausible, como una manifestación más para lograr la igualdad jurídica y ética en todo el país, proceso que se viene concretando en las diferentes provincias y en los diferentes países del mundo.
La potestad disciplinaria de los escribanos debe atribuirse a los pares, sean éstos escribanos en ejercicio, profesores universitarios, inspectores o jueces notariales, de acuerdo con lo que la ley establezca y organice en cada jurisdicción, con recursos adecuados ante el Poder Judicial.
Para el juzgamiento de las faltas de ética es conveniente arbitrar un procedimiento simple, de naturaleza ejecutiva, que asegure suficientemente, la audiencia y la prueba al imputado; y dotarse a los tribunales del personal y elementos necesarios para su normal desenvolvimiento.
Justamente tendiendo a “lograr una mayor uniformidad en el pensamiento ético del país es que en la III Asamblea Ordinaria del Consejo Federal del Notariado Argentino de 2003 celebrada en San Martín de los andes, provincia de Neuquén del 5 al 7 de diciembre de ese año se resolvió por unanimidad la creación del “Consejo Consultivo de ética” integrado por 6 miembros 3 titulares y 3 subrogantes, desde cuyo inicio Corrientes, forma parte a través de la representación de quien les habla. Dicho Consejo está facultado para:
· elaborar – ante la solicitud de los Órganos Jurisdiccionales o de los Colegios de Escribanos – dictámenes “no vinculantes” relacionados con conductas que puedan constituir faltas de ética o que afecten la dignidad de la investidura o del prestigio del notario.
· * preparar un archivo de jurisprudencia existente en la materia..
· * Difundir la necesidad de adecuados mecanismos de control y concientizar acerca de la necesidad de la Ética en el ejercicio profesional
· * vincularse con los órganos de los Colegios del país y Asociaciones que integran la Unión Internacional del Notariado Latino.
En ejercicio de sus funciones el Consejo consultivo ha auspiciado la realización de las Jornadas de Ética de la ciudad de Junin Provincia de Buenos Aires, Corrientes, La Pampa durante las cuales se realizaron exposiciones a cargo de los miembros del Consejo Consultivo y posteriormente se realizaron mesas redondas donde los asistentes discurrieron acerca de los problemas más frecuentes que hacen a la ética en la profesión. Siendo las conclusiones más frecuentes:
· La Ética es necesaria, porque hace a la esencia de nuestra función, sobretodo teniendo en cuenta que el escribano es el titular del Poder Jurídico acordado por la Ley de DAR FE de los actos pasan en su presencia .
· Es posible mantener el prestigio del notariado
· La sociedad aún tiene confianza en el notario como instrumento de paz social que es le respaldo de la seguridad jurídica.
· Se hace necesario el control efectivo de las tareas y conductas de los escribanos a través del dictado de reglas o códigos de ética, aplicadas por organos disciplinarios.
El 21 de julio póximo pasado se realizaron en Resistencia, Chaco las II Jornadas de Ética Notarial del NEA en las cuales se presentaron trabajos sobre los siguientes temas.1) Los aranceles y su desregulación. La competencia desleal.
2) El trato con los requirentes: El deber de asesoramiento. El secreto profesional y la imparcialidad.
3) las ventajas y desventajas de la sanción de normas éticas y de la existencia del Tribunal de ética.
Hubo para cada tema 2 premios para el primer y segundo mejor trabajo que consistían en dinero para asistir a cursos de perfeccionamiento y publicación de los trabajos. En total se otorgaron 6 premios Se dialogó con mucho entusiasmo y la asistencia de 120 profesionales de las provincias de Misiones, Formosa Chaco y Corrientes, con mayoría de jóvenes.
Se aprobaron 5 ponencias tres por mayoría con sólo 2 votos en disidencia en las 2 primeras y las demás en forma unánime versando las mismas sobre:
1) es necesaria la aprobación de un Código de Ética que regule las conductas positivas, que determinen el deber – ser en el ejercicio de la profesión notarial y no tipifique la patología.
2) Es necesaria la existencia de un cuerpo colegiado con competencia exclusiva para entender en cuestiones de Ética notarial.
3) Este cuerpo debe funcionar como órgano independiente del Colegio de Escribanos.
4) El órgano colegiado debe necesariamente y sin excepción estar integrado por pares, quienes al momento de desentrañar el contenido del Código deberán aplicarlo al caso concreto con un criterio de interpretación amplio.
5)Las conductas descriptas en el Código deben ser establecidas con carácter meramente enunciativo, y susceptibles de ser adecuadas al devenir de los tiempos. Así, siendo normas reguladoras del comportamiento, deben ser revisables de manera periódica y permanente.
Así mismo se dejaron plasmadas las siguientes RECOMENDACIONES:
1) – Se recomienda a los Colegios de Escribanos la implementación de mecanismos de propaganda institucional que difunda la trascendencia del rol notarial en la sociedad.
2) -. A fin de que los aranceles sean respetados y se evite la competencia desleal, se propone se controle su correcta percepción, a través de diferentes medios como por ejemplo el cobro centralizado.
Los miembros del órgano colegiado que aplique el Código de Ética deben responder por las decisiones tomadas; teniendo en cuenta que las mismas pueden ser revisadas en una instancia judicial posterior de acuerdo a lo establecido en la Constitución Nacional
3) – La Ética es una cuestión de conciencia; por ello, para que verdaderamente pueda ser vivificada, debe manifestarse a través de acciones positivas y concretas, que surjan desde lo profundo de la determinación de voluntad de un sujeto libre.
4)- Asimismo, como última recomendación, se solicita a los respectivos Colegios Notariales, el apoyo, colaboración y difusión del tema, a través de jornadas, talleres, seminarios de reflexión etc. Y de la conformación de comisiones a tales efectos
El Consejo Consultivo, tiene dirección de correo electrónico, ella es ética@notariadoargentino.org.ar a la que podrán enviar todas sus inquietudes y reflexiones como asimismo conocer el desarrollo , si les parece importante. Asimismo ya se ha implementado un link en la página web del Consejo Federal del Notariado Argentino al que se podrá ingresar por www.notariadoargentino.org.ar y /o enviarlas a los miembros del Consejo Consultivo para su publicación
Las Reglas de Ética que les dejamos y que han sido aprobadas por la Comisión Directiva del Colegio de Escribanos de Corrientes, sólo pretende ser un “esbozo” – “comienzo” de lo que en algún momento podrá convertirse, de acuerdo al pensamiento de la comunidad notarial y sus dirigentes, en el momento adecuado en Código de Ética en el que se incluirán las normas acerca de los Tribunales necesarios para sus sanciones.
Para finalizar queremos decir con Carnelutti “ La humanidad avanza en todas direcciones; más en la dirección de la ética lo hace con gran lentitud. Los hombres se hacen mejores en esta dirección pero sus pasos son imperceptibles, como si la manecilla del reloj se moviera en cuadrante de siglos” y por su parte y con referencia a este pensamiento José Castán Tobeñas, expresó: “Misión es del notariado coadyuvar, en cuanto de él dependa , a que ese movimiento progresivo hacia la humana realización –siempre imperfecta, de que la justicia adquiera la animación de un ritmo acelerado”
Escribana : Belkis Castellucci de Rugnon - Especialista en Derecho Registral y Contratos y documentos notariales – títulos emitidos por la U.N.A.- Miembro del Consejo Consultivo de Ética – del Consejo Federal del Notariado Argentino –
Conferencia pronunciada en el marco de los 75 años del Colegio de Escribanos de Corrientes en la ciudad de Curuzú Cuatiá el 29 de septiembre de 2006.
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